Las plataformas ciudadanas integradas en STOP Biometano, entre ellas la de Socuéllamos, continúan con su actividad de información y movilización en relación con el Plan Regional de Biometanización de Castilla-La Mancha 2030. Este movimiento ciudadano agrupa a colectivos y organizaciones de distintos municipios de la región que, desde hace meses, vienen analizando el desarrollo de este plan y presentando alegaciones en los distintos procesos administrativos abiertos.

En este contexto, las plataformas han remitido una carta dirigida al presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, así como al vicepresidente segundo, José Manuel Caballero, y a la consejera de Desarrollo Sostenible, Mercedes Gómez, en la que expresan su postura respecto al plan regional y solicitan diversas medidas. En el documento, que reproducimos íntegramente a continuación, las organizaciones exponen sus argumentos y peticiones en relación con la tramitación del proyecto.

Excelentísimo Señor Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, D. Emiliano García-Page Sánchez.

Excelentísimo Señor Vicepresidente segundo de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha, D. José Manuel Caballero Serrano.

Excelentísima Señora Consejera de Desarrollo Sostenible de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, Dña. María Mercedes Gámez Rodríguez.

Por medio del presente escrito, Las Plataformas Ciudadanas STOP
BIOMETANO y Organizaciones de Castilla-La Mancha de BALSA DE VES,
CAMPO DE CRIPTANA, CAMPOS DEL PARAISO, CARRIÓN DE
CALATRAVA, DAIMIEL, ECOLOGISTAS EN ACCIÓN DE LA
MANCHUELA, ECOLOGISTAS EN ACCIÓN CIUDAD REAL, HUELVES,
LLANOS DEL CAUDILLO, MALAGÓN, MANZANARES, MEMBRILLA,
PAREDES, PARTIDO VERDE/VERDES EQUO CLM., SOCUÉLLAMOS,
TOMELLOSO (junto con ARENALES DE SAN GREGORIO y PEDRO
MUÑOZ), TORRALBA DE CALATRAVA, VALDEPEÑAS, VILLA DE DON
FADRIQUE y VILLALUENGA DE LA SAGRA, en representación de las
personas físicas y jurídicas que suscriben el dossier conjunto de alegaciones, ponen
en su conocimiento la más enérgica protesta y la exigencia de rectificación inmediata
ante la manifiesta y grave omisión de las trece mil cuatrocientas (13.400)
alegaciones presentadas durante el trámite público del Plan Regional de
Biometanización de Castilla-La Mancha 2030 y su Estudio Ambiental Estratégico,
una cifra excepcional que refleja el elevado grado de implicación de las vecinas y
vecinos de nuestros pueblos, en un asunto que afecta directamente al territorio, al
medio ambiente y a la salud pública, a nuestra salud. Esta movilización constituye
una expresión legítima de participación democrática que merece una consideración
detallada y transparente.

Resulta inaceptable que, tras la presentación masiva y documentada de
aportaciones técnicas, jurídicas y sociales, la Declaración Ambiental Estratégica
mantenga sin motivación suficiente criterios esenciales del Plan que habilitan la
implantación masiva de plantas sin las garantías mínimas exigibles para la
protección de la salud pública, los recursos hídricos, los suelos agrícolas y el paisaje
cultural de nuestra región. En el propio documento del Plan se afirma que “El Plan
Regional de Biometanización de Castilla-La Mancha 2030 pretende regular la
producción y gestión de biogás y biometano en la región de Castilla-La Mancha, con
el objetivo de reducir la contaminación ambiental y promover la producción de
energía sostenible.” Asimismo, el Plan declara, como objetivo, “Potenciar el sector
de la biometanización en la región, con un objetivo de producción mínima de
biometano de 2,8 TWh anuales para 2030.” Estas afirmaciones, tomadas
aisladamente, no justifican ni legitiman la desatención sistemática de las alegaciones
ciudadanas cuando tales alegaciones contienen pruebas, informes y razonamientos
que ponen de manifiesto riesgos reales y no descartados por la Administración.

Las Plataformas constatan que la tramitación seguida vulnera, en la práctica,
los principios de participación pública efectiva, transparencia y motivación
administrativa que rigen el procedimiento de evaluación ambiental y el procedimiento
administrativo común. La obligación de valorar y motivar la desestimación de
alegaciones no puede ser sustituida por meras referencias genéricas a la
documentación.

La ciudadanía tiene derecho a una respuesta fundada que explique por qué no
se han tenido en cuenta argumentos técnicos sobre impactos acumulativos,
trazabilidad del digestato, límites de capacidad por planta, distancias de seguridad y
protección de acuíferos y zonas vulnerables por nitratos. La ausencia de una
evaluación rigurosa de los efectos acumulativos de la implantación prevista – entre
ochenta y cien plantas según las previsiones que han sido objeto de crítica –
constituye una deficiencia técnica y jurídica de primer orden que impide conocer la
verdadera magnitud del riesgo territorial, sanitario y ambiental que se pretende
asumir. La evaluación de impactos acumulativos es un requisito esencial para
garantizar que la suma de instalaciones no produzca efectos sinérgicos que superen
la capacidad de carga de los ecosistemas y de las comunidades humanas afectadas.
Su omisión priva a la decisión administrativa de la base técnica necesaria para su
legitimidad.

Resulta asimismo intolerable la constatación, documentada en las alegaciones
presentadas, de indicios de conflicto de intereses en la elaboración de documentos
clave del Plan. La contratación por la Administración de la misma entidad para la
redacción de la “Hoja de Ruta del biogás” y del “Estudio Ambiental Estratégico”
plantea dudas fundadas sobre la imparcialidad y la objetividad del análisis técnico.
Cuando la Administración encarga estudios a agentes que mantienen intereses en
el sector regulado, se vulneran los principios de imparcialidad y buena
administración y se abre la vía a la nulidad de los actos administrativos afectados si
no se adoptan medidas correctoras inmediatas. En consecuencia, exigimos la
apertura de una investigación administrativa sobre las contrataciones y la adopción
de medidas provisionales que garanticen la independencia de la evaluación técnica.

Desde la perspectiva de la protección de la salud pública y del medio ambiente,
el Plan y su Declaración Ambiental Estratégica no aplican el principio de precaución
con la intensidad que la situación exige. Las distancias mínimas a núcleos de
población y las medidas de mitigación previstas son manifiestamente insuficientes
para prevenir la exposición crónica a contaminantes atmosféricos (amoníaco,
compuestos sulfurados, partículas), a bioaerosoles potencialmente portadores de
patógenos, y a la contaminación difusa por nitratos derivada de la gestión del
digestato. La experiencia técnica y la literatura científica ponen de relieve que la
dispersión de olores y contaminantes no se ajusta a umbrales simples y que la
coexistencia de múltiples focos incrementa de forma no lineal los impactos sobre la
salud y la calidad de vida. Por ello, la Administración está obligada a imponer
medidas cautelares y límites operativos estrictos antes de autorizar cualquier
implantación, y a prohibir la utilización agrícola del digestato procedente de sustratos
con riesgo de metales pesados, antibióticos o patógenos hasta que existan
protocolos analíticos y límites claros y exigibles.

En el plano socioeconómico y territorial, el Plan no ha evaluado ni compensado
los perjuicios previsibles sobre actividades económicas sensibles de la región,
productos con Denominación de Origen Protegida e Indicaciones Geográficas,
turismo rural, valor inmobiliario y la propia identidad paisajística que constituye un
activo estratégico para la fijación de población y el desarrollo rural. La implantación
de macro plantas que dependan de la importación masiva de residuos de otras
comarcas contradice los principios de proximidad y autosuficiencia en la gestión de
residuos y puede convertir a determinados municipios en zonas de sacrificio sin
contraprestaciones reales ni mecanismos de reparación.

Por todo lo anterior, las Plataformas STOP BIOMETANO exigen de forma
inmediata y sin dilación las siguientes medidas: la suspensión cautelar de cualquier
autorización, tramitación o inversión derivada del Plan hasta la realización de una
revisión independiente; la anulación motivada de la Declaración Ambiental
Estratégica o, subsidiariamente, la apertura de un procedimiento de revisión que
incluya la valoración individualizada y motivada de las 13.400 alegaciones
presentadas; el encargo de una evaluación independiente a un órgano técnico ajeno
a empresas del sector; la moratoria de implantación de nuevas plantas en zonas
vulnerables por nitratos, acuíferos sobreexplotados, áreas protegidas y entornos con
DOP/IGP hasta la finalización de la evaluación independiente; la revisión de
distancias mínimas y límites de capacidad por planta; la implantación de un sistema
público de monitorización en tiempo real de emisiones y parámetros del digestato;
la prohibición temporal del uso agrícola del digestato procedente de sustratos de
riesgo; la ampliación del trámite de participación pública y la investigación
administrativa sobre posibles conflictos de intereses en las contrataciones
relacionadas con el Plan.

Asimismo, solicitan la convocatoria urgente, en el plazo máximo de quince días
hábiles desde la recepción del escrito, de una reunión con el presidente, el
vicepresidente segundo y la consejera de Desarrollo Sostenible para entregar el
dossier completo de alegaciones y exponer sus argumentos técnicos.

Las plataformas advierten finalmente que, en ausencia de respuesta motivada
y de medidas concretas, se reservan el ejercicio de acciones administrativas y
judiciales, además de continuar con movilizaciones públicas y acciones de difusión.

Firman:
Plataformas STOP BIOMETANO y organizaciones de: Balsa de Ves, Campo de
Criptana, Campos del Paraíso, Carrión de Calatrava, Daimiel, Ecologistas en Acción
de La Manchuela, Ecologistas en Acción Ciudad Real, Huelves, Llanos del Caudillo,
Malagón, Manzanares, Membrilla, Paredes, Partido Verde/Verdes Equo CLM,
Socuéllamos, Tomelloso (junto con Arenales de San Gregorio y Pedro Muñoz),
Torralba de Calatrava, Valdepeñas, Villa de Don Fadrique y Villaluenga de la Sagra.